La Consideración de las inclinaciones naturales como base fundamental de la ética según Tomás de Aquino: ¿es “ridículo” el argumento de la facultad pervertida?

El proyecto pretende analizar si es posible seguir usando como criterio normativo fuerte el argumento de la facultad pervertida (AFP). Para este efecto pretendemos indagar la historia de AFP, analizar si está presente en Tomás de Aquino o es producto de sus epígonos. En segundo lugar, lo estudiaremos en el marco de una teoría de las inclinaciones naturales y las virtudes, pues creemos que en ese ámbito lo “natural” cobra una densidad apropiada para insertarse en el plano moral y evitar la violación de la “ley de Hume”, según la cual no se debe pasar de los hechos a los deberes.

La doctrina de la ley natural (lex naturalis) en Tomás de Aquino representa uno de los aportes más robustos y fecundos que ha recibido la historia de la ética. “La ley es cierta regla y medida de los actos humanos según la cual uno es inducido a obrar o dejar de obrar” (Sum. Theol. I-II, q. 90, a. 1. Sol.). Sin embargo, su misma caracterización es todo menos sencilla. Pues en cuanto la ley es obra de la razón (opus rationis), se constituye desde la razón práctica que discierne el bien y el mal; pero en cuanto «natural», está inscrita como principio tendencial en nuestras inclinaciones naturales, las que precisamente revelan los preceptos de esta ley. Esta complejidad ha provocado que, lejos de existir homogeneidad al interior de la tradición tomista, los comentaristas y estudiosos que se han dedicado a esta doctrina discrepren en puntos esenciales. En particular, una de las cuestiones más debatidas, tiene relación precisamente con la fuerza normativa de la naturaleza, con la obligatoriedad de actuar secundum naturam y el sentido de la prohibición de actuar contra naturam. En ese contexto, una de las temáticas que ha estado en el centro de la polémica, lo constituye el llamado ARGUMENTO DE LA FACULTAD NATURAL PERVERTIDA, sostenido más o menos explícitamente por Tomás de Aquino. De acuerdo con este argumento, en el hombre existirían determinadas capacidades o facultades naturales con fines intrínsecos o inherentes, cuya consecución determinaría el bien humano y su frustración la acción indebida.

El propósito de esta investigación es precisamente hacerse cargo de estas críticas, con el objeto de analizar si es posible seguir usando como criterio normativo fuerte en la discusión ética contemporánea de la ley natural el ARGUMENTO DE LA FACULTAD NATURAL PERVERTIDA.