Proceso de Acreditación: Educación Diferencial Plan de Segunda Titulación

La Carrera de Pedagogía en Educación Física, iniciada en 2004, forma profesionales críticos e inclusivos, con gestión e innovación. Acreditada hasta 2024 en Santiago y La Serena, se compromete con la calidad y la mejora continua, atendiendo a la diversidad en distintos niveles educativos.

Este plan reconoce las competencias profesionales previas de los y las tituladas de carreras de Psicopedagogía en instituciones de educación superior acreditadas, permitiéndoles obtener la Licenciatura en Educación y el título profesional de Profesor de Educación Diferencial con mención en Dificultades del Aprendizaje y del Lenguaje.

Actualmente, la Carrera se dicta en Santiago y La Serena, y se encuentra acreditada por 2 años. Este nuevo proceso de acreditación, correspondiente al segundo realizado por la Carrera, renueva su compromiso con la calidad y reafirma la cultura de mejora de la Carrera.

PREGUNTAS FRECUENTES

Sobre el proceso de acreditación

Es una certificación que otorga el Estado, a través de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA- Chile), acerca de: i) la calidad de los procesos internos y los resultados alcanzados por las instituciones de Educación Superior autónomas del país, ii) las carreras de pregrado definidas como “de acreditación obligatoria”, entre la que se encuentra la acreditación de los programas de Pedagogía y iii) los programas de Doctorado y especialidades del área de la salud que éstas imparten.

La acreditación institucional es obligatoria, pero sólo pueden participar instituciones autónomas, sean públicas o privadas. Asimismo, la ley establece que las carreras “de acreditación obligatoria” son Medicina, Odontología, todas las Pedagogías; los Doctorados y las especialidades del área de la salud.

Ambos son procesos completamente distintos. La autonomía es producto del proceso de Licenciamiento, mecanismo de regulación de nuevas instituciones privadas, administrado por el Consejo Nacional de Educación. Éste aprueba la creación de una nueva institución por medio de la aprobación de su Proyecto Institucional, fija un marco de supervisión desde el inicio de sus actividades académicas y, finalizando esta fase, el Consejo Nacional de Educación está facultado para otorgar la plena autonomía de la institución.

La acreditación, por otra parte, es el paso siguiente al que pueden aspirar las instituciones autónomas (públicas o privadas) para garantizar la calidad de los servicios ofrecidos.

Una diferencia importante entre ambos es que la autonomía es una condición vitalicia, a diferencia de la acreditación, la que supone un período de vigencia determinado.

La acreditación es un mecanismo que favorece la autorregulación y el mejoramiento continuo de las instituciones de educación superior, carreras y programas, permitiéndoles analizar críticamente su propio desempeño en función de criterios definidos por la CNA-Chile. Esta evaluación permite identificar no sólo fortalezas y debilidades, sino también formular planes de mejoramiento que atiendan dichas falencias.

Cuando una institución, programa o carrera está acreditado cuenta con la certificación otorgada por CNA-Chile respecto de la implementación de sus mecanismos de aseguramiento de la calidad y sus resultados. Además, los estudiantes nuevos que se incorporen a instituciones acreditadas pueden acceder a financiamiento estatal para el financiamiento de sus estudios.

La acreditación consta de tres partes fundamentales:

  • Autoevaluación: primer paso en un proceso de acreditación, donde la institución, carrera o programa de postgrado reúne información sustantiva acerca del cumplimiento de sus propósitos declarados, recaba información de opinión de su comunidad académica (estudiantes, docentes, egresados y empleadores) y la analiza a la luz de un conjunto de criterios previamente definidos por la CNA-Chile, con el fin de tomar decisiones que orienten su acción futura.
  • Evaluación externa: un comité de pares evaluadores externos, nombrados por la Comisión Nacional de Acreditación, visita las instalaciones donde se imparte el programa y verifica que lo declarado en el Informe de Autoevaluación se cumpla.
  • Decisión de Acreditación: en base a la información proporcionada en el Informe de Autoevaluación y aquella generada en el proceso de evaluación externa, la Comisión Nacional de Acreditación establecerá si el programa será o no acreditado. De ser así, indicará la cantidad de años correspondiente.

La cantidad de años se otorga en conformidad con el nivel de cumplimiento de los criterios de evaluación y los propósitos de las instituciones o programas. Al cabo del plazo otorgado, las instituciones podrán repetir el proceso, con el fin de optar a un nuevo período de acreditación.

Los resultados posibles, según nivel de acreditación, son los siguientes:

  • Acreditación institucional: acreditación básica (3 años); acreditación avanzada (4 o 5 años); acreditación de excelencia (6 o 7 años).
  • Acreditación de carreras: desde los 3 años hasta 7 años. Para el caso de las carreras que no cuenten con una promoción de titulados, el máximo será 3 años.
  • Acreditación de postgrados: desde los 3 años hasta 10 años. Para el caso de los programas de posgrado que no cuenten con graduados, el máximo será de 3 años.

Sobre la acreditación de la Carrera de Educación Diferencial Plan Segunda Titulación

La ley 20.903 o Ley de Carrera Docente creada el 2016, establece que todas las carreras de Educación impartidas por las Universidades del país deben pasar por un proceso de acreditación obligatorio ante la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). Esto con el fin de resguardar y certificar su calidad, garantizando así, que los futuros profesores estén preparados bajo estándares de excelencia. En las carreras de pregrado, se evalúa el cumplimiento de los propósitos declarados por la institución que los imparte y el nivel de cumplimiento de los criterios definidos para este fin por la comunidad disciplinaria.

En los procesos de autoevaluación con fines de acreditación, es necesaria la participación de toda la comunidad académica de la Carrera, incluyendo a sus directivos, académicos, estudiantes y egresados. Dicha participación se materializa en distintas instancias de consulta y evaluación, las que permitirán establecer las fortalezas y debilidades del programa. Estas últimas darán origen a un plan de mejoramiento, asegurando la implementación de mecanismos permanentes de aseguramiento de la calidad. Así también, es necesaria su participación en las reuniones con los pares evaluadores externos.

Sí, y de la mayor importancia, pues durante el proceso de autoevaluación, base para la acreditación, la opinión de los estudiantes, egresados, académicos y empleadores fue consultada, asimismo, estos estamentos participaron activamente a través de representantes que conformaron el Comité de Autoevaluación. Como estudiante, su opinión objetiva respecto del real grado de cumplimiento que da la institución y la carrera, a los criterios de evaluación, es muy significativa y retroalimenta la autoevaluación realizada. Asimismo, durante la visita de evaluación externa, realizada por pares evaluadores, podrán participar de distintas entrevistas con el fin de corroborar lo consignado en el informe.

La validez del grado obtenido no se ve afectada si la carrera no obtiene la acreditación. Sin embargo, en caso de no acreditación, la carrera tendrá que entrar en un proceso de supervisión al Consejo Nacional de Educación (CNED).